19 febrero, 2009

Estatutos ACEM-UFT

Comité Editorial


Fernando Araos Dattoli

Alumno 5to Año Medicina, Universidad Finis Terrae


Valentina Correa Rodríguez

Alumna 1er Año Medicina, Universidad Finis Terrae


Matías Huechamil Iglesias

Alumno 2do Año Medicina, Universidad Finis Terrae


Natalia Monárdez Popelka

Alumna 3er Año Medicina, Universidad Finis Terrae


Andrés Ramírez Carreño

Alumno 3er Año Medicina, Universidad Finis Terrae


Andrés Torrealba Bustos

Alumno 5to Año Medicina, Universidad Finis Terrae



ESTATUTOS

Asociación Científica de Estudiantes de Medicina

UNIVERSIDAD FINIS TERRAE



CAPITULO I

DE LA DEFINICIÓN



Artículo 1°

La Asociación Científica de Estudiantes de Medicina de la Universidad Finis Terrae, ACEM-UFT es una agrupación que integra a estudiantes de la carrera de medicina que busca potenciar el interés en la investigación y el desarrollo científico a través de una vía común.



Artículo 2°

ACEM-UFT, es autónoma en su funcionamiento frente a otras entidades estudiantiles, docentes y profesionales. Este punto no excluye la sinergia con otras organizaciones.



Artículo 3°

ACEM-UFT es reconocida por el rector de esta casa de estudios, tanto como por las máximas autoridades de la facultad y escuela de medicina. Es por esto, que estará ubicada físicamente en la Facultad de Medicina de la Universidad Finis Terrae, Avenida Pedro de Valdivia, 1509, Santiago, Chile.



Artículo 4°

Se trabajará en conjunto con el Centro de Alumnos de Medicina (CAMED UFT) y con la directiva de la facultad de Medicina, de acuerdo con los objetivos transversales de dichas entidades.



CAPITULO II

DE LOS OBJETIVOS



Artículo 5°

Los objetivos transversales para ACEM-UFT son:

  1. Promover la investigación Científica tanto en el área clínica como en el área de las Ciencias Básicas.
  2. Complementar las competencias establecidas por la Escuela de Medicina para sus alumnos a través de Seminarios y Actividades teórico-prácticas.
  3. Establecer relación con otras Academias Científicas de las Ciencias de la Salud para poder gestionar colaboración, intercambio de ideas y una visión más amplia al alumno de Medicina de nuestra Escuela.
  4. Complementar el perfil del egresado de Medicina establecido por la Escuela de Medicina en el ámbito de investigación. Desarrollando profesionales íntegros en todos los aspectos de la Medicina actual.



Artículo 6°

Para cumplir los objetivos anteriormente señalado, la ACEM UFT busca:

  1. Promover la investigación científica en los estudiantes de Medicina.
  2. Gestionar asesoramiento académico y apoyo económico para realizar proyectos de investigación y/o diversas actividades en pos del desarrollo científico. Estos se someterán a un proceso de selección. Por medio del consejo del ACEM y se financiarán según los recursos disponibles. Se dará prioridad a las iniciativas cuyos integrantes sean miembros activos de esta sociedad.
  3. Realizar las gestiones pertinentes frente a autoridades universitarias para promover y favorecer la investigación y el conocimiento científico.
  4. Promocionar la Escuela de Medicina de la Universidad Finis Terrae a nivel local, nacional e internacional.



Artículo 7°

Buscar la excelencia académica a nivel de los estudiantes de Medicina, y promover su participación en actividades universitarias que aporten en su desarrollo como profesionales integrales.



CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS



Artículo 8°

Será requisito para formar parte como miembro activo de ACEM-UFT:

  1. Ser alumno regular de la escuela de medicina.
  2. No tener causal de eliminación.
  3. Conocer y cumplir el estatuto vigente de ACEM-UFT.
  4. Cancelar la incorporación a ACEM-UFT, así como su arancel anual.
  5. Deberá someterse a un periodo de evaluación durante un semestre, con la evaluación final de la directiva de la ACEM-UFT.



Artículo 9º

Definición y responsabilidades de los miembros de ACEM-UFT:



1.- MIEMBRO ACTIVO:

  1. Que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 8.
  2. Que se encuentre realizando una actividad científica durante su periodo de postulación.
  3. Deberá asistir al 100% de las asambleas generales de la ACEM-UFT, y mantenerse al día en la organización de su comité.
  4. Tendrá derecho a voz y voto en las decisiones tomadas durante las asambleas de la ACEM-UFT.
  5. Obtendrá los beneficios que otorga la sociedad a sus miembros.
  6. Poseerá las atribuciones para ser parte de la directiva de ACEM-UFT.
  7. Podrá proponer cambios a los estatutos actuales de manera fundamentada y por escrito a la directiva de la ACEM-UFT. Además, tendrá el derecho de votar por su aprobación final.



2.- MIEMBRO TUTOR:

a. Todo académico que haya realizado actividad docente en la escuela de medicina o en sus campos clínicos.

b. Se deberá comprometer a efectuar proyectos científicos en conjunto con los miembros activos.

c. Tendrá derecho a opinión en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de ACEM-UFT.

d. Postulará a fondos y recursos indirectamente, a través de los miembros activos de su grupo.


3.- MIEMBRO PASIVO:

a. Alumno que no es parte de ningún comité, pero tiene interés en las actividades de la Academia, en sus descuentos en cursos y charlas

b. Tiene derecho a voz en las asambleas

c. No tiene derecho a voto en las asambleas

d. No puede formar parte de la directiva.



ARTÍCULO 10°

La calidad de Miembro activo se pierde al:

a. Renunciar voluntariamente

b. Dejar de ser alumno regular de medicina de la UFT

c. Incumplimiento de los presente estatutos

d. Falta de responsabilidad y/o ética frente a tareas asignadas en la sociedad las cuales serán legisladas por la directiva.



CAPÍTULO IV

DE LA ORGANIZACIÓN



Artículo 11°

La directiva de la Sociedad Científica de Estudiante de Medicina estará constituida por:

Un(a) Presidente(a)

Un(a) Vicepresidente(a)

Un(a) Secretario(a)

Un(a) tesorero (a)

Un(a) delegado(a) de actividades de la ACEM-UFT.

Un(a) delegado(a)de difusión

Un(a) delegado(a) de IFMSA


Artículo 12°

De los integrantes de la Directiva:

a. Todo postulante a la directiva debe ser miembro activo.

b. Se deberá presentar en una lista, los cargos de: Presidente(a), Vicepresidente(a), Secretario(a) y Tesorero(a), para someterse a votación frente a las otras listas mediante selección a viva voz.

c. Se reconocerá a la lista electa, a la cual obtenga la mayoría de los votos emitidos.

d. Se someterá a votación los cargos de la directiva durante las dos últimas semanas de Octubre. Esta deberá ser durante un día y horario académico.

e. Asumirá los cargos al finalizar el año académico.

f. Los miembros de la directiva podrán ser reelegidos, a excepción del cardo de presidente, el cual solo podrá permanecer en el cargo por tres años consecutivos.

g. El cargo de delegado será designado por la directiva entre los miembros activos postulantes, a excepción del delegado de IFMSA, el cual será establecido por parte de esta organización.

h. Serán válidas las decisiones de la directiva mediante la mitad más uno de los votos, solo si esta presente como mínimo 5 de los 7 integrantes de ella.



Artículo 13°

De las funciones de la directiva:

a. Organizarán las Asambleas ordinarias y extraordinarias cuando lo estimen necesario, con un mínimo de una sesión en el mes.

b. Velar por el cumplimiento de los estatutos.

c. Realizar una propuesta de actividades para cada semestre.

d. Aceptar o rechazar solicitudes para acceder a ser Miembro Activo.



Artículo 14°

Corresponde al presidente:

a. Dirigir y velar por el buen funcionamiento de la sociedad

b. Citar a reunión extraordinaria de la directiva y/o en asamblea general.

c. Representar de manera oficial a la ACEM-UFT frente a las autoridades universitarias u otras organizaciones.

d. Mantener y gestionar las relaciones con otras sociedades científicas nacionales y extranjeras.

e. Velar para que cada integrante de la sociedad cumpla con las labores asignadas.



Artículo 15°

Corresponde al Vicepresidente(a):

a. Asumir la presidencia ante la ausencia del presidente.

b. Velar por el cumplimiento de las actividades internas de la ACEM.

c. Coordinar funciones administrativas al interior de la ACEM.

d. Acoger las propuestas de los proyectos científicos de los miembros activos.

e. Recepcionar e inscribir los trabajos científicos y casos clínicos para el CCNEM.

f. Acoger las necesidades de los miembros activos para el correcto funcionamiento de la ACEM.



Artículo 16°

Corresponde al Secretario(a):

a. Citar a reuniones en forma periódica.

b. Deberá tomar acta en las sesiones ordinarias y extraordinarias. Estas serán publicadas con un plazo máximo de una semana.

c. Tener a cargo el registro de los integrantes de la sociedad.

d. Mantener un acta de los documentos enviados y recepcionados por parte de la ACEM.

e. Controlar la asistencia en cada sesión ordinaria y extraordinaria.

f. Establecer por escrito, todas las actividades realizadas, de manera semestral, para ser entregados a los patrocinadores, docentes y miembros de la sociedad.



Artículo 17°

Corresponde al Tesorero(a):

a. Mantener la contabilidad y emitir un balance semestral al directorio.

b. Mantener un acta sobre cada ingreso y egreso de la ACEM.

c. Recibir y administrar los recursos económicos disponibles de la ACEM.



Artículo 18°

Corresponde al delegado de difusión:

a. Estará a cargo del comité de difusión e informática.

b. Supervisa el correcto funcionamiento de la página web y correo electrónico.

c. Se encargara de buscar auspicios para la ACEM-UFT, para ser propuestos a la directiva.

d. Toda actividad propuesta debe ser presentada y aprobada por la directiva.

e. Mantener informado a los miembros activos de la ACEM-UFT sobre las actividades del ámbito médico.

f. Mantener informado a la directiva sobre el funcionamiento de la otras ACEM o ANACEM.



Artículo 19°

Corresponde al delegado(a) de planificación de actividades de la ACEM-UFT.

a. Desarrollar, calendarizar y organizar las actividades relacionadas con la ACEM-UFT.

b. Estará a cargo de la organización del CCNEM correspondiente a la ACEM-UFT, en conjunto con la directiva.

Artículo 20°

Corresponde al representante de IFMSA en la Universidad Finis Terrae.

  1. Prestar apoyo en la planificación y difusión de los proyectos en conjunto con IFMSA.
  2. Deberá asistir a la totalidad de las asambleas generales.



Artículo 21°

Corresponde al asesor académica.

  1. Debe ser parte parte activa de la facultad de medicina.
  2. Colaborar en las actividades de la ACEM-UFT.
  3. Ser el mediador oficial en las conversaciones entre la ACEM-UFT y la Facultad.



Artículo 22°

Corresponde al asesor en investigación.

a. Debe ser parte parte activa de la facultad de medicina.

b. Deberá guiar y aconsejar durante el proceso investigativo de miembros de la ACEM-UFT.

c. Deberá trabajar en conjunto con el delegado de difusión, de manera de evaluar la calidad de los cursos sugeridos por este.



CAPÍTULO V

DE LA PLANIFICACIÓN DE ACTIVIDADES



Artículo 23°

Se deberá desarrollar al menos una actividad semestral a cargo de la ACEM UFT. Esta debe ser destinada a alumnos y profesionales del área de la salud, teniendo prioridad a los miembros de ACEM-UFT.



Artículo 24°

Las actividades podrán ser llevadas a cabo por cualquiera de los miembros de la ACEM-UFT. Estas serán supervisadas por el delegado de planificación de actividades, el cual a su vez deberá responder al presidente de ACEM-UFT.



Artículo 25º

El delegado deberá agendar fechas tentativas de las actividades de cada semestre, de modo de presentar el programa al Centro de Alumnos UFT y a los directivos de la Facultad de Medicina. De esta manera se pretende coordinar y potenciar las actividades de la Escuela de Medicina.



CAPÍTULO VI

DE LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS



Artículo 26°

Las modificaciones y la extensión de los estatutos de la ACEM-UFT, podrán llevarse a cabo sólo con la aprobación del 75% de los miembros activos, y el 100% de aprobación de la directiva.



Artículo 27°

La propuesta de modificación podrá ser presentada por cualquiera de los miembros activos.



Artículo 28°

Se deberá realizará la evaluación y votación de dicha propuesta mediante una asamblea extraordinaria.


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